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lunes, 29 de julio de 2019

Consideraciones en el reporte de información exogena a la DIAN.


# 1
Este mecanismo permite a la administración tributaria hacer el cruce de información de una manera efectiva y en el tiempo establecido por la normatividad, permitiendo a la misma identificar los posibles desvíos en los ingresos que corresponden a los contribuyentes.

# 2 
….  La DIAN al realizar  los cruces de información busca:
1- Omisos Declarantes, aquellos Obligados que no declaran.
2- Inexactos,  los obligados que declaran, pero no lo hacen de acuerdo con la Ley Tributaria)
3- Declaración Sombra, cruce de terceros no evidenciados.

# 3 Por último recuerden:  estos informes exogenos: 

  • Nacieron de la implementación del MUISCA, sistema de información de la DIAN, el cual ha llevado a la reducción de la evasión. 

  • Estos reportes, así tu Contador sea el más idóneo para realizarlos, reflejan las operaciones realizadas por el administrador de la empresa. 

  • Existen reportes especiales para GRANDES CONTRIBUYENTES y para los NO GRANDES … es decir todas las empresas como mínimo deben presentar un formulario y  

  • Si una persona natural o jurídica se encuentra obligada a presentar información exógena y no lo hace, la DIAN podrá imponer la sanción por no presentarla.

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