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viernes, 13 de diciembre de 2019

Corrección de Errores Contables

1) ¿Qué es un error contable?

La sección 10 de NIIF PYMES, Políticas, Estimaciones y Errores contables, menciona que un error contable corresponde con lo siguiente :

“Son errores de periodos anteriores las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una entidad correspondientes a uno o más periodos anteriores, que surgen de no emplear, o de un error al utilizar, información fiable que:
(a) estaba disponible cuando los estados financieros para esos periodos fueron autorizados a emitirse; y
(b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y presentación de aquellos estados financieros”.

Los errores pueden incluir lo siguiente:

-) Errores aritméticos, incluidos sumatorias, cálculo de valor presente, uso de fórmulas financieras, etc.
-) Errores en la aplicación de políticas contables, utilizar una NIIF con un criterio diferente al permitido en la norma, por ejemplo depreciar una propiedad de inversión medida al valor razonable.
-) Inadvertencia de hechos económicos ocurridos en el periodo (un cambio de una norma tributaria que cambia la tarifa del impuesto a las ganancias)
-) Mala interpretación de los hechos económicos
-) Fraudes (incluye fraudes descubiertos en periodos posteriores, pero que ocurrieron en periodos diferente sobre el cual se informa)


2) ¿Qué diferencia hay entre error y omisión?

La NIA 450 Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría menciona lo siguiente:

A1. Las incorrecciones pueden ser el resultado de:
(a) una inexactitud al recoger o procesar los datos a partir de los cuales se preparan los estados financieros;
(b) una omisión de una cantidad o de una información a revelar;
(c) una estimación contable incorrecta por no considerar hechos o por una interpretación claramente errónea de ellos; y
(d) juicios de la dirección en relación con estimaciones contables que el auditor no considera razonables o la selección y aplicación de políticas contables que el auditor considera inadecuadas.

La NIA 240 Responsabilidades del Auditor en la Auditoría de Estados Financieros con respecto al fraude, menciona.

2. Las incorrecciones en los estados financieros pueden deberse a fraude o error. El factor que distingue el fraude del error es que la acción subyacente que da lugar a la incorrección de los estados financieros sea o no intencionada.

Fraude: Un acto intencionado realizado por una o más personas de la dirección, los responsables del gobierno de la entidad, los empleados o terceros, que conlleve la utilización del engaño con el fin de conseguir una ventaja injusta o ilegal.


3) ¿Cómo se pueden clasificar los errores contables?

Podríamos decir que los errores se clasifican de acuerdo con su materialidad, de la siguiente manera:

-) Los materiales
-) Los inmateriales

Respecto de los errores inmateriales, simplemente se registran contablemente como un gasto del periodo, en el rubro al cual corresponda (gastos de papelería, honorarios, gastos bancarios, etc.) y no tienen ningún impacto sobre los estados financieros, ni son objeto de revelación.

Sin embargo sobre los errores materiales, la sección 10 párrafo 21 menciona:

“En la medida en que sea practicable, una entidad corregirá de forma retroactiva los errores significativos de periodos anteriores, en los primeros estados financieros formulados después de su descubrimiento:
(a) reexpresando la información comparativa para el periodo o periodos anteriores en los que se originó el error; o
(b) si el error ocurrió con anterioridad al periodo más antiguo para el que se presenta información, reexpresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio para dicho periodo”.


4. ¿Cómo se reflejan en los estados financieros los errores contables?, ¿En las notas a los estados financieros?

Cuando se trate de un error contable, debe observarse si dicho error es material o si no es material (inmaterial); de tratarse de un error inmaterial, este puede corregirse en el periodo actual reconociendo un gasto (ingreso) relacionado con la partida que presenta error; pero de tratarse de un error material, debe realizarse una reexpresión retroactiva de las cifras comparativas en los estados financieros tal como lo menciona la sección 10 de la NIIF para las PYMES.

La corrección de errores afectará el resultado acumulado (también conocido como ganancias retenidas, resultados de ejercicios anteriores, ganancias y pérdida acumuladas, entre otros), de conformidad con lo expresado por los párrafos 10.21 y 10.22 de la NIIF para las PYMES.

Ver ejemplo en el concepto 2018-0167.


5. ¿Existen sanciones por correcciones de errores contables para el contador público y el revisor fiscal?

Las posibles sanciones por información financiera con errores, es un tema que le compete a las autoridades tributarias, o de inspección o vigilancia.

-) Pueden existir errores que ameriten sanciones por inconsistencias tributarias al considerarse como inexactitudes, pero es un tema que será determinado por la administración tributaria.
-) Pueden existir errores considerados como un fraude que podrían ser sancionados por autoridades de supervisión (superintendencias, contraloría, etc.).
-) Pueden existir errores que generan investigaciones disciplinarias ante la JCC para los contadores públicos, por indebida diligencia en su ejercicio profesional.


6.  En qué situaciones de corrección de errores, se deben de reexpresar los estados financieros si hay lugar a ello? - Ilustrar con un ejemplo.

¿En la práctica la corrección de errores y la reexpresión cómo se hace?

La información contable se debe ajustar desde el inicio o los errores se ajustan en forma retroactiva en el periodo en que se detectan y se deja la evidencia en las notas a los estados financieros?

Después de haber presentado los estados financieros y aprobados por la junta el 31-03-2019, se identifica un error material, ¿este se debe corregir en cuáles estados financieros?

En una ESAL se determinó que no se incluyeron todos los ingresos en los años 2013, 2014 y 2015. Si se desea corregir, ¿de qué manera se debe hacer y que normas debo tener en cuenta?.  ¿Se debe utilizar el mismo tratamiento para una empresa comercial y ESAL?

¿Qué hacer si detecto un error en los estados financieros del 2018, hoy 25 de noviembre de 2019, cuando esos estados financieros ya fueron certificados, dictaminados y presentados a la asamblea?

Una entidad presentó un error material, el efecto acumulativo del error contable es de $5.000 en el resultado del periodo. Al corregir retroactivamente obtiene los siguientes efectos:

Efectos
 Año 4
 Año 3
 Año 2
 Año 1
En resultados del periodo
 5.000,00
 5.000,00
 5.000,00
 (100.000,00)
En resultados acumulados
 85.000,00
  90.000,00
  95.000,00
 100.000,00


¿Cómo debe la entidad presentar la información financiera, siendo que debe presentar estados financieros a diciembre 31 del año cuatro?

De acuerdo con lo anterior, vamos a presentar la información financiera de los periodos anteriores, (como originalmente se presentó):

Estado de Situación Financiera
Año 4
Año 3
Año 2
Año 1
Propiedad, planta y equipo
127.500
135.000
142.500
150.000
Pasivo
9.000
23.000
45.000
60.000
Capital
70.000
70.000
70.000
70.000
Resultados acumulados
48.500
42.000
27.500
20.000
Estado de resultados
Año 4
Año 3
Año 2
Año 1
Ingresos
820.000
790.000
770.000
750.000
Costos y gastos
813.500
775.500
762.500
730.000
Resultado del periodo
6.500
14.500
7.500
20.000


Los estados financieros reexpresados serían los siguientes:

Estado de Situación Financiera
 Año 4
 Año 3
 Año 2
 Año 1
 Intangibles
212.500
225.000
237.500
250.000
 Pasivo
9.000
23.000
45.000
60.000
 Capital
70.000
70.000
70.000
70.000
 Resultados acumulados
133.500
132.000
122.500
120.000
 Estado de resultados
 Año 4
 Año 3
 Año 2
 Año 1
 Ingresos
820.000
790.000
770.000
750.000
 Costos y gastos
818.500
780.500
767.500
630.000
 Resultado del periodo
1.500
9.500
2.500
120.000


Sin embargo lo anterior es la presentación de la información financiera comparativa con periodos anteriores, pero el registro contable sugerido sería el siguiente:

Detalle
 Debe
 Haber
 Propiedad, planta y equipo

127.500
 Intangible
212.500

 Gasto por amortización
5.000

 Resultados acumulados

90.000
 Sumas iguales
217.500
217.500


7. ¿Si un error contable se detecta en años posteriores a su ocurrencia, se determina que es material, como se ven afectados los libros de contabilidad al momento de su corrección? Se deben modificar los libros de los períodos en los cuales estuvo el error?

Aplicación retroactiva, consiste en aplicar una nueva política contable como si esta se hubiera aplicado siempre. Es decir el efecto financiero errores contables, afecta resultados de periodos anteriores.

Una pregunta que surge con lo anterior es la siguiente: ¿se deben abrir  los registros contables para contabilizar el error contable, o se debe simplemente modificar el informe sin necesidad de abrir la contabilidad?

Para responder lo anterior es necesario establecer que el propósito de la norma no es el procedimiento puntual que seguiría la entidad para aplicar una reexpresión retroactiva. Sin embargo la entidad no corrige sus registros contables, pero los efectos del error, los reconoce en una cuenta de resultados acumulados (resultados de periodos anteriores) y no contra una cuenta del ingreso o gasto de ejercicio o periodos anteriores.


8. ¿Se consideran errores contables solo los que tiene incidencia de un periodo a otro?

Cuando un error contable ha sido encontrado en febrero del año próximo (los estados financieros no se han emitido al público, ni se ha autorizado su emisión al público), se trata como un hecho ocurrido con posterioridad al periodo sobre el que se informa (NIC 10) que amerita ajuste a diciembre 31. Como la información financiera no se ha emitido al público, el procedimiento es realizar la corrección sobre los registros contables directamente, de tal manera que se corregirán antes de que los estados financieros sean autorizados para la emisión.


9. ¿Los cambios en estimaciones contables podrían considerarse con un error contable y dar lugar a la reexpresión de estados financieros?

Una estimación contable tiene que ver con información disponible utilizada por parte de la entidad al momento de considerar un criterio de medición inicial o medición posterior de un elemento de los estados financieros.

Las estimaciones contables tienen que ver con los siguientes ejemplos:

-) Cálculo del deterioro de cuentas por cobrar por dudosa recuperación
-) Obsolescencia de los inventarios
-) Valor neto de realización de los inventarios
-) Valor razonable de instrumentos financieros
-) Valor del pasivo por provisiones de garantías concedidas
-) Valor del pasivo por provisiones de un litigio o demanda en contra de la entidad
-) Vida útil de los elementos de PPYE e intangibles de la entidad
-) Valor residual de un elemento de PPYE o de intangibles
-) Método de depreciación de un elemento de PPYE o de un intangible
-) Valor del pasivo por la obligación de desmantelar un activo, o de retirarlo o de rehabilitar el terreno sobre el cual se asienta
-) Valor de uso de un activo o una unidad generadora de efectivo

Es necesario diferenciar, entre un error contable y una estimación contable, y para estos efectos su diferencia radica en que un cambio en una estimación contable se refiere a nueva información obtenida por la entidad como consecuencia de un cambio en las condiciones, en el patrón de consumo de un activo o en la obtención de nuevos datos estadísticos.


10. ¿Cómo definir la materialidad para corregir los errores contables?

La materialidad difiere para el elaborador de información financiera y para el revisor fiscal; la definición de materialidad o con importancia relativa fue modificada por IASB el 2018, de acuerdo con lo siguiente:

La información es material o tiene importancia relativa si su omisión, expresión inadecuada o ensombrecimiento podría esperarse razonablemente que influya sobre las decisiones que los usuarios principales de los estados financieros con propósito general toman a partir de los estados financieros, que proporcionan información financiera sobre una entidad que informa específica.

Ejemplos de circunstancias que pueden dar lugar a que la información material esté siendo ensombrecida, son los siguientes:

(a) Información material se revela en los EF, pero el lenguaje usado es vago o poco claro;
(b) Información material está dispersa por los EF;
(c) partidas diferentes, transacciones u otros sucesos se agregan inapropiadamente;
(d) partidas similares, transacciones u otros sucesos se desagregan inapropiadamente; y
(e) la comprensibilidad de los EF se reduce como resultado de ocultar información material dentro de información no significativa, en la medida en que los usuarios principales no puedan determinar qué parte de esa información es material.


11. ¿Qué procedimiento se debe seguir para corregir un error en la contabilidad? ¿Existe diferencia bajo los tres marcos técnicos?

La diferencia radica en el grupo 3 (microempresas) donde se especifica lo siguiente:

Correcciones de errores de periodos anteriores
2.39 Son errores de periodos anteriores las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una microempresa correspondientes a uno o más periodos anteriores, que surgen de no emplear, o de un error al utilizar, información fiable que:
a) estaba disponible cuando los estados financieros para esos periodos fueron autorizados a emitirse, y
b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y presentación de esos estados financieros.
2.40 El efecto de las correcciones de errores anteriores se reconocerá en resultados en el mismo periodo en que el error es detectado. La microempresa deberá revelar la siguiente información: a) la naturaleza del error y, b) el monto de la corrección para cada rubro en los estados financieros.


12. ¿Los ajustes por errores contables se ven reflejados en el ORI?

De manera general no, los únicos errores contables que afectan el ORI son los relacionados con partidas que debieron haber afectado el otro resultado integral si se hubiesen reconocido en el periodo a que corresponden.


13. ¿Los errores contables generan el cambio de estados financieros aprobados de periodos anteriores?, es decir, tocaría literalmente cambiarlos y volverlos a someter a aprobación?


Un error contable (material), se registra en el periodo actual afectando los resultados acumulados (por efectos de los periodos anteriores), en tanto que, los efectos de presentación se dan al momento de aplicar la reexpresión retroactiva en la información financiera comparativa, afectando los estados financieros desde el periodo más antiguo.

Por consiguiente, la reexpresion retroactiva no implica la recomposición de los libros contables de periodos anteriores para la corrección de los errores, ni tampoco implica la emisión y aprobación de estados financieros de periodos anteriores ya aprobados por la asamblea o junta de socios (ver DOT 1 emitido por parte del CTCP).


14. ¿Las correcciones de las declaraciones tributarias pueden ser fuente de errores que afecten la contabilidad?. Si es así, ¿Cómo se corrige ese error?

¿Cómo se pueden corregir los errores en la contabilidad que afectan obligaciones tributarias cumplidas?

Un cambio en la declaración de renta de periodos anteriores, podría considerarse un error contable, siempre que se considere que la estimación relacionada con el impuesto de renta del periodo corriente no fue estimada de manera adecuada, con la información disponible en la fecha.

Ejemplo de lo anterior podría ser:

-) Corrección de la renta del año 2017 por no declarar por el sistema de renta presuntiva, estando obligado a ello.
-) Desconocimiento de gastos no deducibles, que no correspondan con información disponible, que no ha sido utilizada para medir el pasivo estimado por impuesto de renta del periodo.


15. ¿Cómo corregir un error que se detectó en el ESFA?

De la misma manera, como se corrigen los errores materiales de periodos anteriores, solamente que en este caso el periodo más antiguo en el cual se podría devolver es la de elaboración del ESFA por adopción por primera vez de las NIIF o NIIF para las PYMES.


16. ¿Cómo se debe corregir el hecho de que se haya aplicado mal la vida útil de la propiedad, planta y equipo? Se depreció a menos años durante 2015,2016,2017

Una cosa es un cambio en la vida útil de un elemento de PPYE, y la otra es una mala aplicación de una vida útil, por ejemplo, no es igual modificar la vida útil de una edificación de 60 años a 50 años por cambio en normas de sismo resistencia (por ejemplo) a pasar de una vida útil de 20 años a 60 años, debido que antes se usaba un criterio fiscal.

En este caso el segundo caso se considera un error contable, debido que el criterio utilizado no es adecuado (analizar materialidad).


17. ¿Ilustrarme sobre la forma de corregir los deterioros, y a que cuenta se les debe aplicar?

Las pérdidas por deterioro se reconocen como un gasto del periodo, contra una cuenta correctora reduciendo el valor del activo (similar a las cuentas 1299, 1399, 1499, existentes en el Decreto 2650 de 1993).

De forma generar, sobre todos los activos se debe observar que el importe en libros no supere su importe recuperable, no obstante no todos los activos son sujetos de deterioro, ejemplo de ellos con los medidos al valor razonable (propiedades de inversión, activos financieros).



18. ¿Debe un revisor fiscal volver a dictaminar estados financieros que han sido objeto de reexpresión por errores contables?

Cuando un estado financiero se presenta reexpresado, el revisor fiscal tendrá en cuenta lo siguiente:

-) NIA 710.A1. Solicitar una manifestación escrita específica con respecto a cualquier reexpresión que se haya realizado para corregir una incorrección material en los estados financieros del periodo anterior y que afecte a la información comparativa.

-) NIA 510.6. Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si los saldos de apertura contienen incorrecciones que afecten de forma material a los estados financieros del periodo actual mediante la determinación de si los saldos de cierre del periodo anterior han sido correctamente traspasados al periodo actual o, cuando proceda, si han sido reexpresados.

-) NIA 710.A6. Cuando los estados financieros del periodo anterior contengan una incorrección y no se hayan modificado y el informe de auditoría no se haya emitido de nuevo, pero las cifras correspondientes de periodos anteriores hayan sido correctamente reexpresadas o se haya revelado adecuadamente la información en los estados financieros del periodo actual, el informe de auditoría puede incluir un párrafo de énfasis que describa las circunstancias y haga referencia, cuando proceda, a la información revelada en los estados financieros que describa plenamente la cuestión.


19. Se detectó un error contable que se presentó durante varios años que implica la reexpresión de estados financieros, cuántos períodos comparados re expresados deben presentarse?
¿Todos los periodos cubiertos desde que se detectó el error? La misma pregunta, pero con un error que ocurrió hace varios años y que no se volvió a presentar, pero nunca se corrigió.
¿Podría existir un límite en el tiempo para corregir estos errores, si desde el punto de vista tributario afectaron declaraciones tributarias que para la DIAN ya se encuentran en firme?

En la presentación de los estados financieros, la información comparativa se presentará reexpresada, teniendo en cuenta lo siguiente:

Situación
Tratamiento en NIIF
Tratamiento en NIIF PYMES
Reexpresión retroactiva generada por la corrección de un error contable de periodos anteriores
NIC 1.10 f); NIC 1.40A a) debe presentarse a tres columnas
Párrafo 3.20, 10.21; se presenta de forma comparativa con el periodo anterior


20. La omisión de un ingreso gravado, por un error contable, ya cerrado el periodo fiscal y contable, ¿qué impacto tiene en materia impositiva y en los EEFF bajo NIIF?


Una omisión de ingresos que no ha sido reconocido en la contabilidad, podría constituirse como un error contable si es material, debido que no ha presentado los ingresos de una manera adecuada, o que el impuesto de renta del periodo no ha sido reconocido


21. No se realiza avalúo a la PPE en una empresa en la adopción por primera vez del nuevo marco normativo, cuando era evidente que el valor en libros era menor. ¿Cómo se corrige ese error 5 años después?


El tomar el valor razonable o una revaluación bajo PCGA anteriores como costo atribuido, se trata de una excepción (voluntaria) al momento de implementar las NIIF y NIIF para las PYMES por primera vez, y no se trata de una obligación.

Mediante concepto CTCP 2014-0172 se mencionó lo siguiente:

De lo anterior, a) se puede concluir que no es obligatorio contratar un perito para que valore los activos en el momento de la elaboración del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), si la compañía opta por el valor revaluado bajo los PCGA anteriores como costo atribuido, en todo caso, si se escoge esta opción, la entidad deberá reversar el superávit por revalorización contra las ganancias o pérdidas retenidas y reconocer los impuestos diferidos correspondientes, por la aplicación por primera vez de este marco técnico normativo, ajustando también el valor de las depreciaciones desde la fecha en que realizó el último avalúo de acuerdo con los PCGA anteriores. En otras palabras, el activo revaluado, en la fecha del último avalúo, debe ser depreciado desde esta fecha hasta la fecha de elaboración del estado de situación financiera de apertura. Este valor no deberá exceder el importe recuperable en la fecha de transición.

b) En el evento en el que la entidad decida aplicar el valor razonable como costo atribuido en la fecha de transición deberá realizar una valoración de los activos.

No obstante, si la entidad no tiene el valor razonable del activo en esa fecha (fecha de transición), no es adecuado reconocer cinco años después dicho valor razonable.


22. Cuando se descubre un fraude, que puede o venir de períodos anteriores, el tratamiento de este fraude ¿Se puede asimilar al que se hace con un error contable?


Un fraude es un error (intencionado), el cual cuando es descubierto o detectado se presentará en los estados financieros dependiendo de su materialidad, y utilizando el mismo criterio para los errores contables.


23. ¿Existen procedimientos de auditoría específicos para la detección de errores contables por parte del auditor o revisor fiscal?

El objetivo del revisor fiscal cuando realiza auditoria financiera (NIA 200.11) es el siguiente:

“En la realización de la auditoría de estados financieros, los objetivos globales del auditor son:
(a) la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, que permita al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco de información financiera aplicable; y
(b) la emisión de un informe sobre los estados financieros, y el cumplimiento de los requerimientos de comunicación contenidos en las NIA, a la luz de los hallazgos del auditor”.


24. ¿Puede catalogarse como error contable, el hecho de no reconocer una factura de compra en un año determinado, por el hecho de no haber llegado el documento físico? El bien o servicios sí fueron recibidos en el periodo corriente, pero no se registró porque la factura nunca llegó?.

El ejemplo mencionado es un error que puede corregirse utilizando la norma de eventos ocurridos con posterioridad al periodo sobre el que se informa.

Si el bien o servicio fue recibido o prestado, entonces debe reconocerse la transacción, por lo que debe examinarse su materialidad para observar su reconocimiento.

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