Expediente D-13260
Sentencia C-593/19
Magistrada Ponente: Cristina Pardo Schlesinger

Ell alto tribunal explicó que si bien el legislador definió como hecho generador la enajenación de bienes inmuebles “a cualquier título”, omitió determinar la base gravable del tributo para hipótesis de enajenación distintas a la compraventa. Adicionalmente, la consideró que el impuesto vulneraba los principios de equidad tributaria, en sus dimensiones horizontal y vertical, y desconocía la capacidad contributiva de las personas al establecer que el tributo debía pagarse antes de que se perfeccionara el negocio jurídico.
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