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lunes, 30 de septiembre de 2019

Los certificados de retenciones emitidos por tus clientes son DINERO?

 Los certificados de retenciones emitidos por tus clientes son DINERO?





# 1
Hay veces que pensamos “Nuestros contadores tan cansones con ese tema de los certificados”, pero, no es por molestar que presionamos tanto con este tema solo queremos evitar que usted como nuestro cliente pague sumas de dinero que no debería por no tener estos certificados


# 2 
Sabía que … estos 3 TIPS te ayudarán a entenderlo:

  1. No restarle importancia a los certificados ya que estos representan dinero para su empresa. 
  2. Revise cada mes la información que su Contador  proporciona sobre las retenciones contabilizadas efecto del descuento aplicado por sus clientes. 
  3. Conserve en físico los certificados, éstos servirán para atender una revisión fiscal.
# 3

Recuerden según nuestro estatuto tributario: 

  1. Solo se pueden declarar las retenciones que estén respaldadas por su respectivo certificado, en otras palabras, sin certificado “esa platica se perdió”,
  2. El Cliente que omita expedir el certificados podrá ser denunciado y se verá expuesto a una sanción. 
  3. En caso de no tenerlo, sustituirlos por la factura o documento donde conste el pago, siempre y cuando en él aparezcan identificados los conceptos de retenciones.

Según el artículo 374 del estatuto tributario solo se pueden declarar las retenciones que estén respaldadas por su respectivo certificado, en otras palabras, sin certificado “esa platica se perdió”, también, los clientes que omitan expedir estos certificados estamos en el derecho de denunciarlos y se exponen a la sanción contemplada en el artículo 667 del estatuto tributario, por último, de acuerdo al paragrafo 1 del articulo 381 de estatuto tributario nos permite en el caso de no tener el certificado, sustituirlos por el original, copia o fotocopia auténtica de la factura o documento donde conste el pago, siempre y cuando en él aparezcan identificados los conceptos antes señalado







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